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¿Qué es la Oficina Municipal de Información al Consumidor?

Ley de Defensa al Consumidor Nº 24.240 y su modificatoria Ley 26.361, prevé una serie de herramientas para la solución de conflictos, que resultan alternativas a las vías judiciales.

La autoridad de aplicación de dicha normativa en nuestra Provincia es la Dirección de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.

Por lo tanto desde el Municipio, el Concejo autorizó al Intendente Dr. Oscar Trinchieri en el año 2002 mediante la resolución Nº 367 a firmar un convenio con dicha Dirección para crear  una delegación en nuestra ciudad: “OMIC Sunchales”. La misma tiene como fin que los integrantes de la comunidad Sunchalense, puedan acceder de manera más fácil y cómoda al asesoramiento y gestión de trámites de competencia de dicha dependencia provincial.

¿Cuáles son las funciones de la OMIC Sunchales?

  • Recibir los reclamos que efectúen los consumidores de Sunchales y su ámbito de influencia, conforme a lo establecido en la Ley Nº 24.240 y sus reglamentaciones; en los formularios elaborados para tal fin.
  • Asegurar a los consumidores e informar a la población sobre los alcances de la Ley Nº 24.240, sus reglamentaciones y resoluciones complementarias.
  • Actuar como nexo entre los consumidores locales y la Dirección de Comercio Interior de la Provincia de Santa Fe.
  • Coordinar las acciones necesarias para contactar a los consumidores que efectúen reclamos con los organismos pertinentes para la solución de los mismos.
  • Toda otra cuestión relacionada a la Defensa del Consumidor no contemplada en los puntos anteriores, que a criterio de la Dirección de Comercio Interior sea necesaria y que sea posible atender en esta oficina

Información de contacto OMIC Sunchales

Días de atención: De lunes a viernes de 7 a 13 hs y de 13.30 a 19.30 hs
Domicilio Oficina: Centro de Actividades Públicas  (C.A.P Sunchales) – Planta Baja - Box 3      Av. Irigoyen y Pasteur
Teléfono: (03493) 425570
Dirección de correo: omic@sunchales.gov.ar
Responsable: Dr. Mariano Erba

¿Cómo y donde se efectúa un reclamo?

Para presentar un reclamo se debe dirigir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor Sunchales ubicada en el Centro de Actividades Públicas  (C.A.P Sunchales) – Planta Baja. Av. Irigoyen y Pasteur

Allí se completa un formulario de reclamos, donde se debe realizar una breve descripción de los hechos que originan la denuncia y lo que solicita el denunciante. Puede ser redactado por uno mismo. (El formulario de reclamos se lo facilita la persona responsable de la oficina o puede ser bajado haciendo click aquí)
Además se debe contar con la siguiente información y/o documentación:

1- Datos del consumidor o denunciante: Nombre, apellido, DNI, teléfono (y si es posible también número de celular u dirección de correo electrónico).
2- Datos del proveedor o denunciado: nombre de la empresa, domicilio, teléfono de ser posible.
3- Documentación acerca del problema planteado: Toda la documentación original relacionadas con los hechos que se quieren denunciar (facturas remitos, presupuestos, notas, cartas, etc.) y un juego de fotocopias para anexar al formulario.

¿Qué procedimiento se pone en marcha cuando se hace un reclamo?

El procedimiento previsto en la Ley de Defensa del Consumidor contempla una instancia conciliatoria tendiente a que las partes (consumidor y denunciado) arriben a un acuerdo. Para tal fin se celebran audiencias en las que participan las partes y las cuales son coordinadas por un conciliador del organismo responsable ( en este caso la Dirección de Comercio Interior de la Provincia). De producirse el acuerdo se labra el acta correspondiente y se procede al archivo de las actuaciones, quedando ambas partes obligadas al cumplimiento del acuerdo.

De no resultar posible el acuerdo, y luego de dos oportunidades de concurrir a la audiencia citada para ambas partes, el organismo continua de oficio las actuaciones con la finalidad de detectar las presuntas infracciones cometidas, producir la prueba correspondiente en el expediente y sancionar a la empresa en caso de que corresponda.

Si existe un acuerdo previo a la audiencia el reclamante debe acercarse a la OMIC y firmar un Acta de Manifestación para solicitar el archivo de las actuaciones, es decir de la denuncia. Por ello lo mismo debe hacerse una vez que se cumple el acuerdo logrado en las audiencias.

Es importante tener en cuenta…

  • ¿Quién es un consumidor? Consumidores son aquellos que compran y usan todo tipo de productos o servicios a nivel personal o familiar. Siempre se debe ser consumidor final.
  • ¿Quién puede efectuar un reclamo? Al reclamo siempre lo debe efectuar el titular y en caso de que no sea posible existe la opción de delegar su poder al responsable de la oficina del consumidor o a otra persona, a través del acta de poder, el cual se labra en la misma OMIC.

Usted podrá, antes de concurrir  a la Oficina, efectuar reclamos ante la misma empresa prestadora de bienes o servicios, por lo que deberá:

  • Recordar los hechos claramente.
  • Regresar al comercio lo antes posible.
  • Llevar el recibo o la factura de compra y en caso de ser necesario entregar una copia al comercio.

Jamás debe entregar documentación original.

  • Explicar el problema, expresar lo que se desea y determinar un límite de tiempo.
  • Intentar siempre dejar el reclamo por escrito y conservar una copia sellada o con constancia de recepción por el comercio.
  • Es conveniente, en muchos casos, no dejar de realizar los pagos estipulados, aunque no se encuentre resuelto el problema.
  • Guardar las copias de todas las cartas enviadas y recibidas, en caso de haberlas.
  • Agotar la instancia de reclamo ante el proveedor, vendedor o prestador antes de dirigirse a la autoridad competente.

En caso de realizar reclamos por teléfono, es preciso tener en cuenta:

  • Solicitar número de reclamo
  • Mantener un registro de todas las llamadas telefónicas.
  • Tener en mano los recibos, facturas y demás documentos.
  • Pedir el nombre de todas las personas con las que habla.
  • Anotar la fecha y la hora de las llamadas y las cosas más importantes de la conversación.

En caso de realizar un reclamo por escrito, es conveniente que el mismo contenga:

  • La descripción del producto o servicio.
  • El detalle de la fecha y lugar donde fue adquirido el producto o contratado y realizado el servicio.
  • El detalle del costo de la compra o trabajo.
  • Expresar claramente las fallas o defectos y la actitud tomada por el consumidor ante ellas.
  • Describir con quién habló y lo ocurrido a partir del reclamo.
  • Expresar lo que quiere que se realice para la resolución del problema: Ejemplo: reparación, reemplazo del producto, reembolso del dinero, reducción del precio, etc.
  • Guardar las copias de todas las cartas enviadas.
  • No enviar documentos originales: Ejemplo: facturas, recibos, contratos, certificados, garantías, etc. Enviar las copias.
  • Si entrega la carta en el lugar, solicitar que le firmen una copia de lo entregado.

Si el consumidor o usuario ha realizado el reclamo ante la empresa sin obtener una respuesta satisfactoria, dispone de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C)

¿Qué servicios no incluye la ley?

  • Hay ciertos servicios que no se incluyen dentro de la Ley de Defensa del Consumidor ya que tienen sus propios entes reguladores, es por ello que los reclamos relacionados con los mismos se deben hacer ante dichos entes.

Electricidad
Ente Nacional Regulador de la Electricidad
Gas
Ente Nacional Regulador del Gas

Otros servicios:

Transporte: Comisión Nacional de Regulación del Transporte CNRT
Aeropuertos: Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
Defensa y protección de los derechos humanos y los demás derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución y en las leyes y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas: Defensor del Pueblo de la Nación
Seguros: Superintendencia de Seguros de la Nación
Salud: Superintendencia de Servicios de Salud
Trabajo: Superintendencia de Riesgos de Trabajo
Retiro: Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensión, Asociaciones de Consumidores

RECOMENDACIONES
 
Derechos de los Consumidores

Interpretación a favor del consumidor
En caso de duda acerca de la aplicación de una disposición de la normativa de defensa del consumidor, se decidirá siempre la interpretación que sea más favorable para el consumidor.

Derecho a la Información
El consumidor o usuario tendrá derecho a estar informado de manera cierta y objetiva sobre las características esenciales de las cosas o servicios que obtenga.
En los productos alimenticios es importante leer todo lo que dicen las etiquetas al igual que en las telas y artículos de confección. Se debe también pedir manuales de uso, catálogos e instrucciones al vendedor. Es obligatorio que nos informen sobre los sistemas de pago, interés o recargos en las compras a crédito, debiéndose procurar en todos los casos que queden por escrito.

Seguridad
La protección del consumidor significa que las cosas o servicios deben ser suministrados de manera tal que, utilizados en condiciones normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física.
Vender productos defectuosos o en mal estado se encuentra penado por la ley de Defensa del Consumidor, siendo obligatorio para los proveedores:

  • En los casos de servicios o cosas riesgosas, cuya utilización pueda suponer un riesgo de los consumidores o usuarios, deben llevar un manual en idioma nacional sobre su uso y mantenimiento, brindando un asesoramiento adecuado.
  • Si se da cuenta que ha comprado productos dañados o en mal estado, deberá informarlo a la autoridad competente, con el objeto de evitar daños a los demás consumidores o usuarios.
  • Si el consumidor sufre un daño como consecuencia de las fallas de un producto o de la prestación de un servicio, serán responsables: el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en el producto o servicio.

Garantías de los productos
Al adquirir productos durables (electrodomésticos, muebles, ropa, etc.) el consumidor goza de una garantía legal por cualquier defecto que impida que el producto sea utilizable.
La garantía legal tendrá vigencia por tres meses a partir de la entrega al comprador.
En caso de que el producto requiera reparaciones, el transporte al taller o fábrica deberá ser realizado por el responsable de las garantías y los gastos de flete y seguro se encontrarán también a su cargo.
El tiempo que dure la reparación deberá agregarse a la duración de la garantía original, a fin de que el consumidor goce de 3 meses de garantía del producto a partir de que se encuentre en posesión de él.
Los fabricantes, importadores y vendedores de productos durables, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de los repuestos y partes del producto.
Si la reparación no resulta satisfactoria porque el producto reparado no quedó en las condiciones óptimas para su uso normal, el consumidor puede:

  • Pedir que le cambien el producto por uno igual en buen estado.
  • Devolver el producto en el estado en que se encuentre, a cambio de la devolución del dinero.
  • Obtener una reducción proporcional del precio.

Publicidad
Los anuncios publicitarios obligan al vendedor a cumplir con lo que allí expresan, y forman parte del contrato con el consumidor. Por eso es muy importante conservar los folletos de ofertas o promociones de los servicios que se contratan.

Oferta
Cualquier oferta o promoción dirigida a los consumidores, debe ser cumplida por quien la emite, durante el tiempo en que se realice. Debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también las modalidades, condiciones o limitaciones.

Factura
La factura de compra debe contener:

  • La descripción y especificación del producto.
  • El nombre y domicilio del vendedor.
  • Las características de la garantía que brinde el vendedor.
  • Los plazos y condiciones de entrega.
  • El precio y las condiciones de pago.

Debe estar en español, y ser completa, clara y fácilmente legible. Debe ser entregado un ejemplar al comprador.
Es importante pedir y conservar la factura de compra o de servicio ya que es el documento que acredita nuestro vínculo de consumo con la empresa en caso de que necesitemos hacer un reclamo.

Incumplimiento del vendedor o proveedor
Si no cumple con el contrato o con la oferta, el consumidor puede:

  • Exigir que se cumpla con lo pactado siempre que sea posible.
  • Aceptar un producto o servicio equivalente.
  • Rescindir el contrato y pedir la devolución de lo pagado.

Se puede aceptar, en algunos casos y de prestar conformidad el consumidor, en lugar de la devolución del dinero, una nota de crédito para ser utilizada en el comercio.
Todo lo anterior es posible, sin exclusión de iniciar acciones de daños y perjuicios.
Para que estos derechos puedan ser exigidos es muy importante que el consumidor exija siempre el contrato o la oferta por escrito y lo conserve.
No podrá realizar reclamos en determinadas circunstancias
El consumidor no podrá efectuar una queja en los siguientes casos:

  • Si se encontraba advertido por el proveedor, vendedor o fabricante de fallas en los productos de segunda selección.
  • Si el consumidor dañó el producto a causa de un uso indebido.
  • Si cometió un error al comprar un artículo equivocado, por ejemplo: modelos, talles, etc.
  • Si posterior a la compra cambió de opinión acerca del artículo.

¿Qué son las cláusulas abusivas?
Hay determinadas acciones que se realizan a través de contratos de adhesión, esto significa que el contrato fue redactado por el prestador, y el consumidor o usuario solo se limita a adherir a sus condiciones sin poder discutir su contenido ni negociar sus cláusulas. Ejemplo: abrir una cuenta en un banco, obtener una tarjeta de crédito, contratar servicios de medicina prepaga, contratar un servicio de telefonía celular, participar en planes de ahorro para la adquisición de un auto, etc.
Estos contratos, en muchas ocasiones, suelen contener cláusulas abusivas , que son aquellas que implican una ampliación de los derechos a favor del proveedor o una restricción de los derechos del consumidor.
Existen criterios que permiten determinar la abusividad de las cláusulas, fijados por la Ley de Defensa del Consumidor. Ellos son:

  • Las cláusulas que tiendan a limitar la responsabilidad por daños. Ejemplo: no asumir el riesgo de los daños que le pueden generar a un auto en el estacionamiento.
  • Las cláusulas que impliquen una renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos del proveedor, por ejemplo que nos exijan pagar todas las facturas y deudas antes de darnos de baja en un servicio.
  • Las cláusulas que tiendan a invertir la carga de la prueba contra el consumidor.

Servicios
El prestador de un servicio debe entregarle un presupuesto a la persona interesada, el cual deberá contener:

  • Nombre, domicilio y otros datos del prestador del servicio.
  • La descripción del trabajo a realizar.
  • La descripción detallada de los materiales necesarios.
  • Los precios, diferenciando el costo de los materiales de la mano de obra.
  • La duración del trabajo.
  • Expresar si se otorga o no una garantía voluntaria, y de ser afirmativo, las características y su duración.
  • Plazo de aceptación del presupuesto.
  • Datos de inscripción en la AFIP.

Prestación del Servicio
Si existiere algún costo o servicio adicional necesario para la prestación, y no hubiere sido incluido en el presupuesto, será necesario comunicarlo al consumidor antes de su utilización o realización.
Los servicios prestados por profesionales universitarios que requieran matrícula habilitante no se encuentran regidos por la normativa de defensa del consumidor.

Defectos en el trabajo realizado
Si concluido el trabajo, aparecen defectos dentro de los 30 días siguientes a la culminación, el prestador se encuentra obligado a corregir todos los defectos sin costo adicional de ninguna especie para el consumidor.

Garantía del servicio
En la garantía del servicio deberá constar, por escrito:

  • La correcta identificación del trabajo realizado;
  • El tiempo de vigencia de la garantía, la fecha de iniciación de dicho período y las condiciones de validez de la misma;
  • La correcta identificación de la empresa que la hará efectiva.

Venta domiciliaria, por correspondencia y otras

Son aquellas ventas efectuadas al consumidor en el lugar que reside, en su lugar de trabajo, por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar. Para estos casos, el consumidor tiene un plazo de cinco días para analizar la situación, pudiendo arrepentirse poniendo la cosa a disposición del vendedor.

Operaciones de crédito

Cuando se otorga un crédito (préstamo) para la adquisición de un producto o servicio, en el documento que se firme debe consignarse: el precio de contado del producto o servicio, el total de la deuda, el total de los intereses a pagar, la tasa de interés efectiva anual, la forma de amortización de los intereses, la mención de otros gastos si los hay, la cantidad de pagos o cuotas a realizar y su periodicidad; y el monto total financiado a pagar.

Telefonía Celular

Asegúrese que en el contrato se estipule la fecha de entrega del aparato. Si firmó un contrato por el que se compromete a permanecer un año recibiendo el servicio, debe cumplirlo salvo que durante dicho lapso la empresa no brinde adecuadamente el sevicio. En este caso, podrá rescindir el contrato antes del tiempo establecido. 

Tarjeta de crédito

Si al recibir el resumen de cuenta advierte que se consigna una compra no realizada por usted o un integrante de la familia puede, dentro de los treinta días de recibo de dicho documento, rechazar dicho cargo mediante nota dirigida a la empresa emisora de la tarjeta identificando la operación desconocida. Asegúrese de conservar una constancia de la presentación. 

Centro de Actividades Públicas
Planta Baja - Box 3     
Av. Irigoyen y Pasteur
Teléfono: (03493) 425570
Dirección de correo: omic@sunchales.gov.ar